Gobierno del Estado de México
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AVISO DE PRIVACIDAD
Secretaría de Finanzas, Gobierno del Estado de México.
Nombre del Administrador(a):Maestro en Administración Pública Claudio Rubio Chávez.
Cargo: Coordinador de Atención Ciudadana.
Área o Unidad Administrativa: Unidad de Apoyo a la Administración General.
Correo electrónico: ac@edomex.gob.mx
Teléfono: 722 167 8350
Nombre del Sistema y/o Base de Datos Personales “Sistema de Seguimiento de Peticiones Ciudadanas” (SISPEC).
Número de Registro: El número de registro no se especifica, debido a que diariamente se registran nuevas peticiones ciudadanas.
Los datos personales que serán sometidos a tratamiento, identificando los que son sensibles:
Con el objeto de cumplir la finalidad establecida en la base de datos se podrá llevar a cabo el uso de los datos personales que consisten en: nombre, edad, género, profesión, ocupación, domicilio, teléfono (s), correo electrónico, identificación oficial, asunto de la petición formulada; los cuales son requeridos para el cumplimiento de las disposiciones administrativas.
Los datos sensibles son:
Se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen étnico o racial; información de salud física o mental, información genética, datos biométricos, firma electrónica, creencias religiosas, filosóficas o morales; afiliación sindical; opiniones políticas y preferencia sexual; de tal suerte, que su utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste.
La entrega de los datos personales es obligatoria con el fin de registrar los datos personales de ciudadanos y el asunto de referencia de su petición en el Sistema de Seguimiento de Peticiones Ciudadanas SISPEC, para gestionar y atender a través de las Dependencias del Gobierno del Estado de México, así como transmitir a las Dependencias del Gobierno Federal, Organismos Autónomos, Sindicatos, Ayuntamientos del Estado de México, UAEMEX, y demás previstos en el artículo 6 apartado A, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, responsables de atender las demandas sociales y peticiones de audiencia planteadas a la persona Titular del Ejecutivo Estatal; así como el tratamiento y protección de datos personales.
La Coordinación de Atención Ciudadana de la Unidad de Apoyo a la Administración General de la Secretaría de Finanzas, se encuentra facultada para recabar la información solicitada de acuerdo al Manual de Organización de la Unidad de Apoyo a la Administración General en el numeral 20701005000000S, por lo que se considera titular de los datos personales a las personas que realizan demandas sociales y/o peticiones de audiencia planteadas a la persona Titular del Ejecutivo Estatal, ya sea de forma electrónica, a través de la papeleta de giras de trabajo o de la boleta de turno que genera el SISPEC en las áreas de Ventanilla y Audiencias de la Coordinación de Atención Ciudadana de la Unidad de Apoyo a la Administración General de la Secretaría de Finanzas, quienes a través de estos medios proporcionan información relacionada con datos de identificación, así como la petición formulada.
La entrega de los datos personales es obligatoria y, en caso de que el titular se negara a otorgarlos, no se podrá dar trámite a su petición, lo anterior, en razón de que es importante contar con los datos necesarios para darle trámite a su petición o en su caso estar en posibilidades de comunicarse con el titular.
Finalidad principal de tratamiento:
Dar atención y trámite a las peticiones realizadas a la o el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, a través de las dependencias del poder ejecutivo estatal, dependencias federales, organismos autónomos, ayuntamientos y sindicatos que corresponda.
Dicha información debe ser tratada por disposición expresa en Ley y/o por contar con su consentimiento expreso y/o tácito, fundamento que se expresa en el presente documento, y consentimiento que se entiende otorgado a través del llenado de los formularios electrónicos, con firma autógrafa en papeleta de giras de trabajo o en la boleta de registro que genera el SISPEC en las áreas de Ventanilla y Audiencias, datos que son requeridos para la incorporación al sistema de datos personales referidos.
Finalidades secundarias:
Se hace de su conocimiento que los datos personales proporcionados de manera interna también serán utilizados para efectos de control interno, auditoría y eventualmente en atención de juicios administrativos, civiles, penales y laborales, finalmente, su información debe ser conservada para fines de histórico.
Ahora bien, el tiempo de conservación de los expedientes que integran la base de datos en comento será por un periodo de 2 años en los Archivos de Trámite de esta unidad administrativa; cabe señalar que el periodo referido se computará a partir del día siguiente a la fecha del documento con el cual se dé por concluido el asunto que motivó la integración del expediente; lo anterior, de conformidad con los Lineamientos para la valoración, selección y baja de los documentos, expedientes y series de trámite concluido en los archivos del Archivo General del Estado de México.
Cabe señalar que una vez que concluya dicho periodo, se procederá a su conservación, por un periodo diverso de 6 años para los expedientes con información administrativa de conformidad con los Lineamientos; una vez transcurrida esta temporalidad, los datos personales serán destruidos, solamente se conservarán datos históricos con el objeto de poder emitir las constancias que legalmente se requieran y en su caso, estadísticos, que serán sometidos a un proceso previo de disociación; lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.
Dependencias del Gobierno del Estado de México, Dependencias del Gobierno Federal, Organismos Autónomos, Sindicatos, Ayuntamientos del Estado de México, UAEMEX, y demás previstos en el artículo 6 apartado A, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dar atención y trámite a las peticiones realizadas a la persona Titular del Ejecutivo Estatal, a través de las Dependencias del Poder Ejecutivo Estatal, Dependencias Federales, Organismos Autónomos, Ayuntamientos y Sindicatos.
Fuera de estos supuestos o de las excepciones previstas por el artículo 66 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, sus datos no podrán ser transferidos o difundidos a persona alguna, sin que exista su consentimiento expreso.
Se le informa que no se consideran transferencias las remisiones, ni la comunicación de datos entre áreas o unidades administrativas adscritas al mismo sujeto obligado en el ejercicio de sus atribuciones, en términos de lo señalado en el artículo 62 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. No obstante, se hace de su conocimiento que los datos personales proporcionados serán transferidos a Dependencias Federales, Organismos Autónomos, Ayuntamientos y Sindicatos para que se dé atención a la petición formulada.
No existen mecanismos para que la o el titular manifieste su negativa para la finalidad y transferencia, sin perjuicio, de que el titular puede ejercer su derecho de oposición de datos personales en los términos previstos por el artículo 103 de la Ley de la materia.
Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición comúnmente se conocen como derechos ARCO.
Los derechos ARCO son independientes. El ejercicio de cualquiera de ellos no es requisito previo ni impide el ejercicio de otro.
La procedencia de estos derechos, en su caso, se hará efectiva una vez que el titular o su representante legal acrediten su identidad o representación, respectivamente.
En ningún caso el acceso a los datos personales de un titular podrá afectar los derechos y libertades de otros.
La Ley tiene por objeto garantizar la protección de los datos personales que se encuentran en posesión de los sujetos obligados; así como, establecer los principios, derechos, excepciones, obligaciones, sanciones y responsabilidades que rigen en la materia.
Así, la Ley establece diversas obligaciones a cargo de los responsables del tratamiento de datos personales, tales como el aviso de privacidad, con el objeto de que la o el titular de los datos esté informado sobre qué datos personales se recaban de ésta o éste y con qué finalidad; de igual manera, regula la tramitación de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO), las transmisiones, la posibilidad de interponer denuncias por posibles violaciones a la Ley; así como, los medios por los cuales el INFOEM verificará el cumplimiento de las disposiciones en la materia.
Usted puede revocar en cualquier momento el consentimiento que, en su caso, hubiera otorgado para el tratamiento de sus datos personales, sin que se le atribuya a la revocación efectos retroactivos. Sin embargo, es importante considerar que no en todos los casos se podrá atender y/o concluir dicha petición de forma inmediata, ya que es posible que, por alguna obligación legal o administrativa, sea necesario continuar tratando sus datos personales.
Dada la naturaleza en el tratamiento de los datos personales, no se advierte la existencia de alguna opción o medio para limitar el uso o divulgación de sus datos; sin embargo, en caso de que usted considere que resulte viable implementar alguno, por favor hágalo del conocimiento del responsable del sistema de datos personales para su valoración.
Este aviso de privacidad es un documento controlado, es importante que lo conozca, ya que estos son los términos que rigen el tratamiento al momento de la obtención de sus datos. Cualquier modificación que sufra el presente documento deberá ser reportada en el apartado identificado como “control de cambios”.
Se precisa que, para efecto del presente sistema de datos personales, no existe encargado.
Calle Lerdo Poniente No. 300, tercer piso, Puerta 317, Colonia Centro, Toluca, Estado de México, C.P. 50000.
Artículo 6, Apartado A, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 16, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 5 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Artículo 4 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; Artículos 4 fracción I y XLII, 22, 35 y 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, 23 fracción I, 24 fracción XIV y 86 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; Artículo 3 fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas; Artículo 39 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas; Artículo 40 fracciones III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y numerales 20701005000000S Coordinación de Atención Ciudadana del Manual de Organización de la Unidad de Apoyo a la Administración General.
El procedimiento para la portabilidad es el siguiente:
El ciudadano podrá consultar a partir de los 15 días hábiles siguientes a la emisión del folio de su petición, a través de la liga https://www.gem102.net/seguimiento/ el estado que guarda su asunto.
Calle Lerdo poniente, número 300, tercer piso, puerta 360, colonia Centro, C.P. 50000, Toluca, Estado de México.
Control de cambios
Número de revisión | Páginas modificadas | Descripción del cambio | Fecha |
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00 | S/N | S/S | |
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